Derecho al trabajo

No entender lo que es un derecho puede llevar, sobre todo a los políticos, a prometer lo imposible. AMLO ha dicho que “todos los estudiantes tendrán derecho al trabajo”, momento de preguntarle qué entiende por “derecho al trabajo”.

El derecho de A supone la obligación de B, que puede ser negativa (no hacer algo) o positiva (sí hacer algo), de tal manera que los derechos pueden clasificarse en función del tipo de obligación que tienen como contrapartida. A los derechos naturales, aquellos con los que la persona es concebida (vida, libertad y propiedad), les corresponden obligaciones negativas: no matar, no esclavizar, no robar. A los derechos contractuales, aquellos que la persona adquiere voluntariamente, por así haberlo acordado con alguien más, les corresponden obligaciones positivas: cumplir con lo prometido, como sucede en los intercambios: el derecho del comprador a recibir en tiempo y forma la mercancía comprada, el derecho del vendedor a recibir, también en tiempo y forma, el pago convenido.

Hecha la distinción debemos preguntarnos de qué tipo es el derecho al trabajo, que AMLO les reconoce a los estudiantes. ¿Es uno que tiene como contrapartida una obligación positiva o negativa? El derecho de los estudiantes (y de cualquier persona) al trabajo, ¿tiene como contrapartida la obligación positiva del empleador de contratarlos cuando ofrecen su trabajo? No, por supuesto que no. Imagine el lector los incentivos que esa obligación generaría entre quienes necesitan trabajar. Entonces, si el derecho al trabajo no tiene como contrapartida una obligación positiva, debe tenerla negativa. ¿En qué consiste? En respetar la libertad para buscar trabajo, en no impedir o dificultar dicha búsqueda. El derecho al trabajo es el derecho a la libertad para buscar trabajo, no el derecho a ser contratado.

¿Cómo concibe AMLO el derecho de los estudiantes al trabajo? ¿Como un derecho cuya contrapartida es la obligación positiva de todo empleador de contratar a cualquier estudiante que le ofrezca su trabajo? Si así lo concibe, entonces se tendrá que promulgar una ley que obligue a todo empleador a contratar a cualquier estudiante que le ofrezca su trabajo. Y si esa ley “beneficia” a los estudiantes, ¿por qué no hacerla extensiva a toda la población, de entrada a todos los jóvenes, estudiantes o no?

Llevada hasta sus últimas y absurdas consecuencias, la idea de que cualquier estudiante tiene derecho al trabajo, y que ese derecho tiene como contrapartida la obligación de los empleadores de contratarlo, supondría la obligación de los empleadores de pagarle un salario a los estudiantes aunque no trabajen, lo cual resulta absurdo, como absurdo resulta creer que el derecho al trabajo tiene como contrapartida la obligación positiva de los empleadores de contratar a cualquiera que les ofrezca su trabajo.

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Arturo Damm Arnal

Estudié economía, filosofía y derecho. Liberal. Profesor universitario. Periodista. Conferencista. Colaborador de @LaRazon_mx y @adn40 .