PROFECO y Roxy

Hace unos días, en su cuenta de Tweeter, @analiliamoreno escribió: “En la heladería Roxy ya no venden helado chico que porque @Profeco así lo decidió ya que consideró que vender tamaño chico es un “robo”. Ahora solo hay mediano y grande. ¿Qué rayos tiene el gobierno que andar decidiendo estas cosas?” Y ésta, precisamente, es la pregunta: ¿tiene el gobierno el derecho a decidir por el oferente la manera de ofrecer su producto? Y si la respuesta es que no, entonces, ¿tendrá la obligación de decidir por el oferente tales asuntos y obligarlo a obedecer? En ambos casos la respuesta es no. Sin embargo, según el tuit de @analiliamoreno, eso es lo que está haciendo la Profeco, violando el derecho a la propiedad y a la libertad de los dueños de Roxy.

En primer lugar, si el consumidor está dispuesto a pagar el precio al que el oferente está dispuesto a venderle, ¿hay robo? No, debiendo recordar que no hay tal cosa como un precio injusto, porque lo único que puede calificarse de injusta es la conducta humana, y el precio es una razón de cambio (tanto de X por tanto de Y), producto de la conducta humana (de la relación entre el oferente y el demandante), pero no es conducta humana.

En segundo lugar, si el consumidor quiere un helado chico, y está dispuesto a pagar el precio al que el oferente se lo vende, ¿por qué el gobierno, vía la Profeco, prohíbe esa transacción de la cual ambas partes, comprador y vendedor, ganan, como sucede con cualquier intercambio, ya que cada una valora más lo que recibe que lo que da a cambio, por lo que el resultado de todo intercambio es un bien común?

En tercer lugar hay que considerar que el derecho a la propiedad es el derecho a la libertad para usar, disfrutar y disponer de lo que es de uno, como a uno más le convenga, y que entre las posibilidades de disponer de lo que es de uno está la de ofrecerlo a la venta, lo que supone la libertad para elegir cómo hacerlo (básicamente en términos de precio, cantidad, calidad y servicio), libertad que la prohibición de la Profeco para que Roxy pueda ofrecer sus helados en tamaño chico viola, violando también el derecho a la propiedad, todo lo cual es grave.

La mentada prohibición de la Profeco nada tiene que ver con garantizar los derechos de los consumidores, ¡que debe ser su única tarea!, teniendo mucho que ver con la violación del derecho del oferente a la libertad para ofrecer su producto en los términos que crea más convenientes para maximizar sus utilidades.

La mencionada prohibición de la Profeco es una muestra del intervencionismo gubernamental en la economía, que impide el buen funcionamiento de los mercados, y que en este caso perjudica a ambas partes: al oferente que no puede ofrecer sus helados en tamaño chico, al consumidor que, de querer ese tamaño, no puede comprarlo.

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Twitter: @ArturoDammArnal

Arturo Damm Arnal

Estudié economía, filosofía y derecho. Liberal. Profesor universitario. Periodista. Conferencista. Colaborador de @LaRazon_mx y @adn40 .