Mucho, a favor y en contra, se ha dicho de los aumentos al salario mínimo, que en los primeros cinco años de este gobierno, de 2019 a 2023, han sido, comparados con los incrementos otorgados en gobiernos anteriores, considerables. Comentarios a favor: no generan ni desempleo ni presiones inflacionarias. Son un acierto. En contra: sí generan presiones inflacionarias y desempleo. Son un error. ¿De qué lado está la razón?
En 2019 el aumento al salario mínimo fue 16.2 por ciento y alcanzó 102.68 pesos diarios. En 2020 fue 20.00 por ciento y alcanzó 123.22 pesos. En 2021 fue 15.00 por ciento y alcanzó 141.70 pesos. En 2022 fue 22.00 por ciento y alcanzó 172.87 pesos. En 2023 será 20.00 por ciento y alcanzará 207.44 pesos diarios, todo ello tomando en cuenta el salario mínimo que se paga “en el resto del país”, excluyendo el que se paga en la “zona libre de la frontera norte”, en 43 municipios (el 1.76 por ciento del total), de 6 estados (el 18.75 por ciento del total): Baja California, Sonora, Chihuahua, Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas, en los cuales el salario mínimo es mayor.
La primera pregunta es si el salario mínimo cumple con lo que debe cumplir, según el artículo 123 constitucional, en el cual leemos que “los salarios mínimos generales deberán ser suficientes para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia, en el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria de los hijos”.
Para responder supongo una familia de cuatro integrantes (según datos del INEGI el tamaño promedio de las familias en el país es 3.6 personas), y tomo como referencia el precio mensual promedio (zonas rurales y urbanas) por persona, de la canasta básica (alimentaria y no alimentaria), del Consejo Nacional de Evaluación de la Política Social de Desarrollo Social, CONEVAL, que en noviembre pasado fue de 2,942.82 pesos, por lo que, para poder comprar cuatro canastas básicas, una para cada uno de los integrantes de la familia, se necesitaron 11,771.28 pesos. En noviembre el salario mínimo mensual fue de 5,186.10 pesos, el 44.06 por ciento de lo requerido para que el trabajador/jefe de familia satisfaga las necesidades de su familia en los órdenes material, social y cultural, que abarcan muchos más bienes y servicios que los considerados en la canasta básica del CONEVAL, y sin tomar en cuenta la provisión de la educación obligatoria de los hijos, que, por otro lado, según el artículo 3 constitucional, con relación a la impartida por el Estado, deberá ser, además de universal, inclusiva, pública y laica, gratuita.
El salario mínimo, ¿cumple con lo que, según el artículo 123 constitucional, debe cumplir? No. ¿Resulta inconstitucional?
La segunda pregunta es cuánta gente ocupada gana en México el salario mínimo. Según información proporcionado por el INEGI en los Indicadores de Ocupación y Empleo, correspondientes a octubre, 18,732,162 personas ocupadas, el 32.07 de total de la población ocupada, percibió hasta un salario mínimo, hasta 172.87 pesos diarios. No es verdad, como creen algunos, que ya nadie gana el salario mínimo, y que el mismo es solo un parámetro para calcular multas, recargos, etc.
La tercera pregunta es si es correcto lo que, respecto al salario mínimo, se dice en el artículo 123 constitucional, respuesta que dejo para la próxima entrega.
Como mencionamos, en octubre pasado 18,732,162 personas ocupadas, 32.07 de total de la población ocupada, percibió hasta un salario mínimo, es decir, hasta 172.87 pesos diarios, que alcanza para pagar solamente el 44.06 por ciento del precio que debe pagar un jefe de familia para adquirir la canasta básica, alimentaria y no alimentaria, del CONEVAL, por lo que dicho salario no cumple con lo que debe cumplir, según lo establecido en el artículo 123 constitucional: “Los salarios mínimos generales deberán ser suficientes para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia, en el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria de los hijos”.
Lo establecido en el artículo 123 de la Constitución (que al trabajador, en su calidad de jefe de familia, debe pagársele según sus necesidades), ¿es correcto? No, por más que sea deseable. Una cosa es lo deseable y otra lo posible.
Ojalá y a la gente se le pudiera pagar según sus necesidades, comenzando por las básicas, aquellas que, de quedar insatisfechas, atentan contra la salud, la vida y la dignidad. Si fuera posible se acabaría con la pobreza. Sin embargo, no se nos puede pagar según nuestras necesidades y, si se pudiera, no convendría, porque simple y sencillamente dejaríamos de trabajar.
Supongamos que a partir del semestre que entra, la universidad en la que trabajo, decide pagarme según mis necesidades y no según las clases que imparta, es decir, según mi trabajo. Si así fuera, ¿qué necesidad tendría de trabajar, si no me pagarían según las clases impartidas sino según mis necesidades, para lo cual bastaría que me dieran la cantidad de dinero necesaria para comprar mi canasta de bienes y servicios, todo ello a cambio de nada, solamente en función de mis necesidades? Si tal práctica se generalizara, y a todos se les pagara según sus necesidades, y no según su trabajo, según su producción, oferta y venta de bienes y servicios, no habría quien trabajara, quien produjera, ofreciera y vendiera satisfactores, por lo que no se generaría ningún ingreso, que es el producto del trabajo, por lo que no habría con qué pagarle a la gente según sus necesidades, por lo que dicha pretensión es imposible de llevar a la práctica, por más que sea deseable. Va de nuevo: una cosa es lo deseable y otra lo posible, sobre todo en economía.
Tu lector, ¿estarías dispuesto a pagarle un salario a un total y absoluto inútil, incapaz de realizar ningún trabajo, es decir, de ayudarte, por medio de la producción de algún bien o servicio (por ejemplo: trabajo de jardinería), a satisfacer alguna de tus necesidad (por ejemplo: tener en buen estado el jardín de tu casa), total y absoluto inútil que, sin embargo, tiene necesidades que satisfacer? ¿Estarías dispuesto?
La sentencia quien no trabaja no come no es prescriptiva (no manda lo que debe ser), sino descriptiva (declara lo que es). No basta tener hambre (necesidad), para disponer de comida (satisfactor), misma que es consecuencia del trabajo (producción). Por eso quien no trabaja no come o, reformulando el aforismo, si alguien no trabaja nadie come. No hay manera, cuando de satisfacer necesidades se trata, de esquivar el trabajo.
Analizando la pretensión del artículo 123 constitucional de que al trabajador se le pague un salario según las necesidades materiales, sociales y culturales de él y su familia, que el aforismo quien no trabaja no come no es prescriptivo (porque no establece lo que debe ser), sino descriptivo (porque indica lo que es), por lo que no basta tener hambre (necesidad), para disponer de comida (satisfactor), que es resultado del trabajo (producción). Por eso quien no trabaja no come o, precisando el aforismo, si alguien no trabaja nadie come.
No hay manera, cuando de satisfacer las necesidades se trata, de esquivar el trabajo que, y aquí comienza la digresión anunciada en la entrega anterior, puede ser realizado por alguien (una persona) o por algo (un robot), lo cual, si llegara a ser la regla y todo trabajo humano se sustituyera por trabajo robotizado, crearía un problema económico irresoluble.
Para entenderlo hay que tener presente que el problema económico de fondo es la escasez, el hecho de que no todo alcanza para todos, menos en las cantidades que cada uno quisiera, y mucho menos gratis, por lo cual debe determinarse, de alguna manera, qué y cuánto le toca a cada quien. Si todo alcanzara para todos, en las cantidades que cada uno quisiera, y gratis, no habría escasez y la pregunta qué y cuánto le toca a cada quien no tendría sentido, porque a todos les tocaría, gratis, todo lo que quisieran y no habría pobreza. Si no hubiera escasez. Pero la hay y la habrá siempre.
Hoy, salvo cuando hay redistribución del ingreso, voluntaria o gubernamental, el qué y cuánto le toca a cada quien depende del poder adquisitivo de cada cual que, salvo en los casos de que se gane la lotería, se herede o se robe, depende del ingreso generado por cada cual, ingreso que es el producto del trabajo de cada quien.
¿Qué pasaría si todo el trabajo humano se sustituyera por trabajo robotizado, de tal manera que nadie trabajaría y nadie generaría ingreso, por lo que el qué y el cuánto le toca a cada quien ya no podría depender del poder adquisitivo de cada cual? ¿Cómo se determinaría, en tal condición, qué y cuánto le tocaría a cada quien, debiendo tomar en cuenta que la robotización total del trabajo no implicaría, ni la eliminación de la escasez, ni la desaparición de los costos de producción?
Única respuesta posible dada la persistencia de la escasez: la producido, que no alcanzaría para todos, menos en las cantidades que cada uno quisiera, tendría que repartirse igualitariamente, lo cual dejaría sin resolver el problema del costo de producción que, si ha de mantenerse la producción, deberá cubrirse, para lo cual deberán pagarse precios, para lo cual deberá generarse ingreso, para lo cual deberá tenerse trabajo, mismo que, por la robotización total del mismo, ya no existiría. ¿Qué ocasionaría la robotización de todo el trabajo? Un problema económico sin solución.
Conclusión: no hay manera, cuando de satisfacer las necesidades se trata, de esquivar el trabajo humano, y no tanto por la escasez, sino por el costo de producción.
Dos son las principales preguntas que plantea el salario mínimo: ¿genera inflación?, ¿ocasiona desempleo? Si las respuestas son afirmativas entonces el salario mínimo resulta contraproducente porque afecta, con mayor inflación y/o más desempleo, a quienes pretende beneficiar: los trabajadores asalariados. Centro la atención en la primera pregunta: el salario mínimo, ¿genera inflación?
El razonamiento de quienes afirman que el aumento al salario mínimo genera repuntes inflacionarios (lo cual supone que ya hay inflación), es el siguiente: aumenta el salario mínimo y, ceteris paribus, aumentan los costos de producción; (ii) aumentan los costos de producción y, ceteris paribus, para compensarlo aumentan los precios; (iii) aumentan los precios y, ceteris paribus, repunta la inflación.
Este es el razonamiento de quienes sostienen que el incremento al salario mínimo causa inflación, verdadero si se cumplen dos condiciones: (i) que los consumidores estén dispuesto, en los casos de los bienes y servicios que considera el INEGI para calcular el Índice Nacional de Precios al Consumidor, a partir del cual calcula la inflación, a pagar un precio mayor; (ii) que haya suficiente dinero para, suponiendo que los consumidores estén dispuestos a pagar un precio mayor por los bienes y servicios considerados en el Índice Nacional de Precios al Consumidor, poder comprarlos a un precio mayor. De cumplirse estas dos condiciones, más los tres ceteris paribus del párrafo anterior, el aumento al salario mínimo sí genera inflación.
Centro la atención en la última condición, la monetaria. La única, y en este caso lo podemos afirmar categóricamente, UNICA, manera de que repunte la inflación, definida como el aumento en el Índice Nacional de Precios al Consumidor, es si aumenta la cantidad de dinero que se intercambia en la economía, es decir, que se usa para demandar bienes y servicios, aumento responsabilidad de los bancos centrales, en nuestro caso del Banco de México. Si, consecuencia del aumento en el salario mínimo, aumentan los costos de producción, se genera una presión inflacionaria que, si aumenta la cantidad de dinero que se intercambia en la economía, se convertirá en inflación, porque habrá más dinero para poder comprar los bienes y servicios considerados en el Índice Nacional de Precios al Consumidor a un mayor precio. Pero, si la cantidad de dinero que se intercambia en la economía permanece constante, no habrá dinero suficiente para poder comprar todos los bienes y servicios considerados en el Índice Nacional de Precios al Consumidor a un mayor precio, por lo que no podrán aumentar, por lo que no habrá inflación, definida como el aumento en dicho índice.
La inflación es siempre un fenómeno monetario, relacionado con la cantidad de dinero que se intercambia en la economía. Los aumentos de precios (el salario es el precio del trabajo), generan presiones inflacionarias que, si no se respaldan con el aumento en la cantidad de dinero que se intercambia, no se traducen en inflación, que es un fenómeno monetario, responsabilidad de los bancos centrales, el Banco de México en nuestro caso. Por si solos los aumentos al salario mínimo no generan inflación.
Las principales preguntas en torno al salario mínimo son: ¿genera mayor inflación?, ¿ocasiona más desempleo? En el anterior Pesos y Contrapesos expliqué por qué el salario mínimo, por sí mismo, no genera mayor inflación. En este explico por qué no, necesariamente, ocasiona más desempleo.
Quienes dicen que el salario mínimo ocasiona más desempleo lo hacen a partir del análisis preliminar (primer paso para considerar con más amplitud y profundidad el tema), de la oferta y la demanda, que afirma que, partiendo del salario de equilibrio, que iguala la demanda de trabajo de las empresas con la oferta de los trabajadores, la imposición de un salario mínimo, por arriba del de equilibrio, para favorecer a los trabajadores, garantizándoles un salario mínimo, por debajo del cual nadie debe contratarlos, ocasiona una menor cantidad demandada de trabajo y una mayor cantidad ofrecida, causando escasez de puestos de trabajo y, por eso, desempleo.
Lo anterior partiendo del análisis preliminar de la oferta y la demanda, que supone un solo salario de equilibrio, que iguala demanda y oferta, no habiendo, ni falta de demanda de trabajo de parte de las empresas, ni exceso de oferta de parte de los trabajadores. Partiendo del análisis preliminar, el salario mínimo, fijado por arriba del de equilibrio, sí genera desempleo, porque la cantidad demanda de trabajo es menor que la ofrecida: a ese salario, trabajadores dispuestos a trabajar, no encuentran trabajo. El problema es que el análisis preliminar de la oferta y la demanda, que supone un solo salario de equilibrio, no es regla sino excepción.
Lo que existe en los mercados laborales (en cualquier mercado), es la banda de fluctuación del salario (de cualquier precio), dentro de la cual cualquier salario (cualquier precio) es de equilibrio, misma que ya encontramos en La Riqueza de las Naciones (1776) de Adam Smith (libro I, capítulo 7), generalmente ignorada, por lo que no se va más allá del análisis preliminar, grave error.
El límite inferior de la banda de fluctuación del salario está dado por el mínimo salario (no lo confundamos con el salario mínimo, tema de estos Pesos y Contrapesos), a cambio del cual el trabajador está dispuesto a trabajar, y el superior por el máximo que el empleador está dispuesto a pagar. Supongamos que el primero es $100 y el segundo $200, por lo que cualquier salario entre 100 y 200 es de equilibrio, igualándose oferta y demanda. Supongamos que el salario es $150, que aumenta a $180, y que se anuncia como salario mínimo, que en realidad no lo es, porque sigue siendo salario de equilibrio, que iguala demanda y oferta de trabajo, por lo que no hay desempleo. Aumentó el salario “mínimo” pero no ocasionó más desempleo.
Dado que el aumento al salario “mínimo” es consensuado entre gobierno, trabajadores y empleadores, es de suponerse que se encuentra dentro de la banda de fluctuación, por debajo del máximo salario que los empleadores están dispuesto a pagar, no siendo en realidad un salario mínimo, por lo que no genera más desempleo del existente, como no lo ha generado en México. En diciembre de 2018, antes de que iniciaran los aumentos extraordinarios al salario “mínimo”, entre 15 y 22 por ciento, dependiendo del año, la tasa de desempleo fue 3.36 por ciento de la Población Económicamente Activa. En octubre pasado 3.30.
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