¿Frente a quién deben ser independientes los organismos autónomos del Estado: el Instituto Nacional Electoral, INE; el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, INEGI; la Comisión Federal de Competencia Económica, COFECE; la Comisión Nacional de Hidrocarburos, CNH; la Comisión Reguladora de Energía, CRE?
Frente al gobierno, porque hay tareas propias del Estado que no debe llevar a cabo el gobierno, como lo es, por ejemplo, la organización de las elecciones. Si el gobierno organizara las elecciones podría ser juez y parte, lo cual daría pie, en el mejor de los casos, a la imparcialidad. Para evitarlo contamos con el INE.
Otra tarea que no debe llevar a cabo el gobierno es la elaboración de estadísticas, con las cuales, entre otras cosas, calificamos su desempeño. Si el gobierno elaborara las estadísticas podría darse el caso de que las mismas fueran maquilladas para dar una imagen positiva de su desempeño, que no correspondería a la realidad. Y lo primero que se necesita para mejorar la realidad es conocerla tal como es, sin retoques. Para conseguirlo contamos con el INEGI.
Una condición necesaria para que los organismos autónomos del Estado actúen con autonomía frente al gobierno es que quienes están al frente de los mismos actúen de manera independiente, para lo cual conviene que no le deban el puesto al presidente.
Si los organismos autónomos del Estado han de ser realmente independientes frente al gobierno, éste no debe tener ninguna injerencia en los mismos, algo que no sucede. Lo acabamos de ver en el caso del nombramiento de cuatro de los siete comisionaos de la CRE, que fueron designados por AMLO. ¿Por qué? Porque las reglas del juego lo permiten.
En dos ocasiones el Senado rechazó las ternas enviadas por AMLO para escoger a los comisionados, y las reglas del jugo dicen que, si las mismas son rechazadas dos veces, el presidente tiene la facultad de nombrar a los comisionados, tal y como sucedió, comisionados que le deben el puesto directamente al presidente. ¿Qué tan autónomos serán?
El problema no es la facultad que tiene el presidente para, de ser rechazadas dos veces las ternas propuestas, designar a los comisionados. El problema es que es él quien, de entrada, al presentar las ternas, propone a los comisionados, con lo cual no se cumple el principio de que, por ningún motivo, y de ninguna manera, el presidente debe tener injerencia en los órganos autónomos del Estado. Indirecta, o directamente, el presidente interviene en la designación de los comisionados.
Hoy, en la CRE, puede mandar AMLO, y no olvidemos lo que dijo el 11 de febrero: “Acerca de estos organismos reguladores que estaban tomados para debilitar a Pemex y a la Comisión Federal de Electricidad, de conformidad con la ley (…) vamos a renovarlos” Al buen entendedor…
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