Leemos, en el artículo 28 constitucional, que el Estado tendrá un banco central cuyo “objetivo prioritario será procurar la estabilidad del poder adquisitivo de la moneda nacional”, lo cual interpreto como “preservar el poder adquisitivo del dinero”, de tal manera que, al paso del tiempo, con la misma cantidad de dinero, pueda comprarse la misma cantidad de los mismos bienes y servicios, siendo lo mínimo que debemos exigir de los bancos centrales.
¿Cómo interpretan las autoridades monetarias el objetivo de “procurar la estabilidad del poder adquisitivo de la moneda nacional”? No como “preservar el poder adquisitivo del dinero”, sino como “mantener una inflación baja y estable”, del tres por ciento, meta puntual, más menos un punto o porcentual de margen de error, por lo que la mínima inflación aceptable es dos por ciento y la máxima cuatro. En noviembre fue 7.37 por ciento, muy por arriba, tanto de la meta puntual, como de la máxima inflación aceptable. Entre enero de 2001 y noviembre de 2021 la inflación promedio anual fue 4.2 por ciento, 1.2 puntos porcentuales por arriba de la meta puntual, equivalentes al 40 por ciento, 0.2 puntos porcentuales por arriba de la máxima inflación permitida, equivalentes al 5 por ciento.
¿Cuál es la herramienta con la que cuenta el Banco de México para “mantener una inflación baja y estable”? La Tasa de Interés Interbancaria, TII: si la inflación sube la autoridad monetaria la sube, si baja la baja, lógica “ilógica” que expliqué en: https://www.razon.com.mx/opinion/columnas/arturo-damm-arnal/logica-ilogica-440781.
Desde abril del año pasado, cuando tuvimos una inflación de 2.15 por ciento, hasta noviembre pasado, cuando alcanzó 7.37, la inflación ha venido repuntando y la autoridad monetaria ha venido aumentando la TII, lo cual no ha logrado frenar, en primer lugar, y revertir, en segundo, el repunte. Ayer, aplicando la receta: si la inflación aumenta hay que aumentar la TII, la junta de gobierno del Banco de México decidió aumentarla del 5.00 al 5.50 por ciento, con la intención de que “propiciar (…) la convergencia ordenada y sostenida de la inflación general a la meta de 3% en el plazo en el que opera la política monetaria”, plazo que no se especifica.
Lo que hay que tener claro es que el repunte en la inflación no se debe a que la TII esté baja, por lo que es cuestionable que su alza lo contenga, sino a que la demanda agregada crece más que la oferta agregada, lo cual está relacionado con la cantidad de dinero que se intercambia en la economía, por lo que un análisis del repunte en la inflación que solo tome en cuenta el comportamiento de algunos precios, sin considerar el comportamiento de la oferta y demanda agregadas, y de la cantidad de dinero que se intercambia en la economía, resulta incompleto.
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