El libre comercio es éticamente justo, porque respeta los derechos de los agentes económicos, condición del Estado de Derecho, y económicamente eficaz, porque minimiza la escasez, condición del bienestar.
El concepto libre comercio hace referencia a las relaciones comerciales internacionales, que nunca se dan entre naciones, sino entre personas de distinta nacionalidad, personas que deciden intercambiar porque al hacerlo mejoran su bienestar: valoran más lo que reciben que lo que dan a cambio, principio universal del intercambio, independientemente de la nacionalidad de quienes intercambian, por lo que no hay razón para tratar de manera distinta el intercambio entre personas de la misma nacionalidad (comercio intranacional) y de nacionalidad distinta (comercio internacional).
Hay libre comercio en los países en los que los consumidores, comprando o dejando de comprar, determinan la composición (el qué) y el monto (el cuánto) de las importaciones, sin ninguna intervención del gobierno, por lo que se importa lo que los consumidores quieren (la composición) y en las cantidades que los consumidores quieren (el monto), siendo lo éticamente justo y económicamente eficaz.
El libre comercio es éticamente justo porque respeta el derecho a la libertad individual de las personas para relacionarse comercialmente, con personas de otra nacionalidad, como más les convenga, lo cual no viola ningún derecho, razón por la cual no es injusto, razón por la cual no debe prohibirse.
El libre comercio es económicamente eficaz porque permite que la oferta de bienes sea, gracias a las importaciones, lo más competida posible, competencia entre empresas, nacionales y extranjeras, que da como resultado la trilogía de la competitividad de las empresas, extranjeras y nacionales, que consiste en la capacidad para ofrecer lo que producen a menor precio y/o mayor calidad y/o mejor servicio, en beneficio de los consumidores, siendo éste, el mayor beneficio posible de los consumidores, el fin de la actividad económica.
Si el libre comercio es éticamente justo, porque respeta los derechos de los agentes económicos, condición del Estado de Derecho, y económicamente eficaz, porque minimiza la escasez, condición del bienestar, entonces no debe ni limitarse (de los males el menor), ni prohibirse (de los males el mayor), prohibiciones y limitaciones que solamente puede imponer el gobierno, (i) a favor del interés de los productores nacionales de no enfrentar la competencia de las importaciones; (ii) en contra del interés de los consumidores de que la oferta sea lo más competida posible, para lo cual se requiere de la participación de las importaciones; (iii) en contra del derecho a la libertad individual de los consumidores para relacionarse comercialmente, como más les convenga, ya sea con nacionales o extranjeros, sin la intervención del gobierno.
Lo anterior viene a cuento porque AMLO dijo, hace unos días, que “no vamos a dejar entrar maíz amarillo para consumo humano”, porque “tenemos autosuficiencia en maíz blanco”, lo cual me lleva a la siguiente pregunta: ¿quién es AMLO para decidir qué maíz sí, y qué maíz no, consumimos los mexicanos? Nadie. Y, sin embargo, allí está su postura en contra del libre comercio, al menos en lo referente al maíz amarillo.
Si en maíz amarillo hubiera libre comercio, seríamos los consumidores quienes, comprándolo o no, decidiríamos si se importa o no y, si decidiéramos que se importe, también decidiríamos en qué cantidades, sin intervenciones del gobierno, que pueden ir desde el cobro de aranceles, pasando por la imposición de cuotas, hasta la prohibición, como pretende AMLO, libre comercio que es éticamente justo, porque respeta el derecho a la libertad individual de los agentes económicos a relacionarse comercialmente como más les convenga, con quien más les convenga, nacionales y extranjeros, y que es económicamente eficaz, porque las importaciones contribuyen a minimizar la escasez, condición necesaria para elevar el bienestar.
Más allá de las pretensiones de AMLO con relación al maíz amarillo, la primera amenaza contra el libre comercio la encontramos en el artículo 131 constitucional, que dice: “El Ejecutivo podrá ser facultado por el Congreso de la Unión para aumentar, disminuir o suprimir las cuotas de las tarifas de exportación e importación, expedidas por el propio Congreso, y para crear otras; así como para restringir y para prohibir las importaciones, las exportaciones y el tránsito de productos, artículos y efectos, cuando lo estime urgente, a fin de regular el comercio exterior, la economía del país, la estabilidad de la producción nacional, o de realizar cualquiera otro propósito, en beneficio del país”. Si el Congreso lo faculta para ello, y por cualquier propósito, ¡de tal tamaño es la inseguridad jurídica en este asunto!, AMLO podría prohibir las importaciones, lo cual quiere decir que el libre comercio en México no se reconoce como parte de los derechos naturales de las personas, comenzando por el derecho a la libertad individual, sino como una graciosa concesión del Ejecutivo Federal, lo cual es propio del Estado de chueco, antítesis del Estado de Derecho, que es el gobierno de las leyes justas, siendo tales las que reconocen planamente, definen puntualmente y garantizan jurídicamente los derechos de las personas.
Lo que debemos incluir en la Constitución son dos artículos redactados en estos términos: (i) “A nadie se le prohibirá, limitará o condicionará el derecho a establecer relaciones comerciales con quien más le convenga, sea nacional o extranjero”. (ii) “Por lo tanto el gobierno se abstendrá de imponer cualquier tipo de medida que prohíba, limite o condicione las relaciones comerciales de los nacionales con los extranjeros”. Lo anterior significa reconocer plenamente, definir puntualmente y garantizar jurídicamente el derecho a la libertad para comerciar como a cada quien mejor le convenga, algo que en México no se cumple.
AMLO pretende prohibir la importación de maíz amarillo, para consumo humano, porque somos autosuficientes en la producción de maíz blanco (¿realmente?), autosuficiencia que, ¡al margen del precio y la calidad del producto nacional!, no es razón suficiente para prohibir importaciones, prohibición que nunca se justifica.