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Amnistía, justicia y riesgos

La ley de amnistía publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de abril pasado pone en evidencia las graves deficiencias que hoy existen en la impartición de justicia en nuestro país.

El espíritu de esta ley tiene el interés de beneficiar con la liberación anticipada a grupos vulnerables de población que están en prisión, pero no representan peligro para la sociedad. De los 202 mil presos que cumplen condenas en las cárceles federales, un importante porcentaje están recluidos por delitos menores y a través de esta oportunidad jurídica estos pudieran reintegrarse a su vida cotidiana.

Esta ley ha sido muy controvertida por la falta de claridad en la divulgación de sus características, lo cual ha asustado a un segmento amplio de la población, a quien a través de las redes sociales se le ha dicho que asesinos y delincuentes peligrosos podrían quedar libres, cuando la realidad es otra, ya que los beneficiarios de esta liberación anticipada deben cumplir requisitos que los conviertan en elegibles para acogerse a este perdón.

Consideremos también que hay un amplio sector de presos que están distribuidos en las cárceles del país porque no tuvieron acceso a un buen abogado. En contraste, los miembros de la delincuencia organizada llegan al extremo de poder burlar la ley quedando libres capitalizando errores en la integración de sus expedientes, cometidos por autoridades judiciales.

En México la diferencia entre la cárcel y la posibilidad de una condena justa se deriva de poder pagar un buen abogado. Por tanto, tener justicia cuesta mucho dinero y lo que se deriva de esta circunstancia es que la pobreza también genera injusticias.

Sin embargo, al margen de lo que esta ley pretende, quedan interrogantes que deben ser resueltas antes de que se ejecuten las primeras preliberaciones.

Esta ley puede representar un acierto y una oportunidad de reinserción social para muchos de los preliberados, pero también riesgos para la sociedad si su ejecución no se realiza con pulcritud.

La judicatura federal deberá tener una vigilancia extrema sobre la aplicación particular de esta ley en cada caso específico, para evitar que esta jurisprudencia deje algún espacio de oportunidad a la corrupción y a través de la intervención de buenos abogados que reinterpreten la ley a su favor, puedan ser liberados reclusos que representen un peligro para la sociedad.

Además, la comunicación debe ser muy profesional y clara para evitar que la población en general interprete erróneamente esta ley y ello propicie la percepción de impunidad, lo cual podría estimular en el futuro la comisión de nuevos delitos.

Es importante dejar claro que esta ley aplica por excepción, beneficiando sólo a quienes en este momento ya están sentenciados y no a quienes delincan a partir de ahora. Si esto no queda claro a toda la población, muy pronto estaremos viviendo mayores problemas de inseguridad.

Debemos considerar que la crisis económica que se derivará de esta pandemia, provocada por el coronavirus, tendrá repercusiones en un posible incremento de delitos como robo en todas sus modalidades, secuestro y extorsión principalmente. Si la población que va a resentir el desempleo supone que esta ley significa un relajamiento en la aplicación de la justicia, se incrementará aún más la delincuencia.

Además, la comisión de delitos se facilitará ampliamente por la oportunidad de anonimato que los cubrebocas brindan hoy a los delincuentes.

No debemos olvidar que a través de las confusiones ideológicas que hoy están externándose, respecto de lo que debe ser la justicia social, se ha dejado entrever al pueblo que muchos delitos son el resultado de la pobreza provocada por las políticas neoliberales de antes, lo cual le da al delito una nueva connotación de reivindicación social.

Al momento de generar una percepción de relajación moral en la interpretación de lo que es el delito, se estimula la percepción pública y la expectativa de que la ley será benevolente con quien delinca por necesidad.

Por tanto, antes de la aplicación de esta nueva ley de amnistía debe instrumentarse una fuerte campaña mediática para dejar claro su carácter temporal, pues fue presentada como una medida sanitaria ante la pandemia del coronavirus, para proteger a la población carcelaria actual y por tanto, solo aplica para quienes ya están sentenciados y no para los delitos que se cometan a partir de ahora.

También debe evitarse la manipulación de la información para impedir que se acredite a algún funcionario público o grupo político el mérito de la aprobación de esta ley, lo cual podría constituir un delito electoral de promoción personal o colectiva.

¿Usted cómo lo ve?

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Ricardo Homs

Vicepresidente de la Academia Mexicana de la Comunicación, autor y conferenciante. Experto en liderazgo social, estrategias competitivas de negocios, marketing político y posicionamiento.