Lo he escrito en más de una ocasión: los aranceles son una salvajada y quien los impone, ya sea ofensivamente, ya defensivamente, es un salvaje, que atenta contra el comercio, la producción, el empleo, el ingreso y, al final de cuentas, contra el bienestar de las personas. Por ello deben prohibirse a nivel constitucional: a ningún producto, por ningún motivo, en ningún porcentaje, se le impondrá aranceles. Esta es una de las condiciones que debe cumplirse para tener libre comercio, que se da si son los consumidores quienes, comprando o dejando de comprar, sin ninguna intervención del gobierno, determinan la composición (el qué), y el monto (el cuánto), de las importaciones.
A esta propuesta (a ningún producto, por ningún motivo, en ningún porcentaje, se le impondrá aranceles), por lo general se le encuentra una excepción, que casi siempre se relaciona con China. Si importamos productos chinos, que se ofrecen a un precio menor que su costo de producción, lo cual es considerado por muchos como una práctica comercial desleal, ¿no se justifica, de parte del gobierno del país importador, la imposición de un arancel que elimine esa ventaja indebida del producto importado, que ocasiona competencia desleal a los productores nacionales? ¿No será ésta la excepción que confirme la regla: a ningún producto, por ningún motivo, en ningún porcentaje, se le impondrá aranceles?
¿Cuáles son las conductas que deben prohibirse y castigarse? Las que son delictivas por su propia naturaleza, las que son injustas, las que violan derechos de terceros: matar, viola el derecho a la vida; secuestrar, viola el derecho a la libertad individual; robar, viola el derecho a la propiedad privada.
La oferta de un producto, nacional o importado, por debajo de su costo de producción, ¿viola algún derecho? No. ¿Es injusta? No. ¿Es delictiva por su propia naturaleza? No. Entonces, ¿debería prohibirse y castigarse? No.
Suponiendo una ley que lo prohíba, la oferta de un producto, nacional o importado, a un precio por debajo de su costo de producción sería ilegal porque la violaría, pero no sería injusta porque no violaría ningún derecho, al menos que creamos que los productores tienen el derecho de que sus competidores no ofrezcan a un precio menor que su costo de producción. Tienen el interés, porque la competencia sería menor, pero no el derecho.
Para poder ofrecer a un precio menor que el costo de producción, una de tres: o el oferente recibe subsidio del gobierno; o el oferente recibe subsidio de la venta de algún otro producto de la misma empresa o grupo empresarial; o el oferente espera desaparecer a la competencia, convertirse en monopolio, subir el precio, obtener ganancias extraordinarias con las que compensar las pérdidas.
Desde el punto de vista de la justicia, del respeto al ejercicio de la libertad individual y al uso de la propiedad privada, ¿debe prohibírsele a los productores ofrecer a un precio menor a su costo de producción (¿se puede probar que realmente lo están haciendo?), y castigarlos si lo hacen (tratándose de importaciones imponiéndoles un arancel que, dicho sea de paso, ¡pequeño detalle!, pagan los consumidores nacionales)? No. ¿Ni en el caso en el que el gobierno subsidie ese menor precio? No.
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