En 2022 el salario mínimo aumentará 22 por ciento. En la frontera norte será de 260.34 pesos. En el resto del país de 172.87.
Mucho se debe decir con relación al salario mínimo. Por falta de espacio centro la atención en el punto central, relacionado con lo establecido en el artículo 123 constitucional, en el sentido de que “los salarios mínimos generales deberán ser suficientes para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia, en el orden material, social y cultural”.
Tomemos como referencia octubre pasado (todavía no tenemos los datos para noviembre), mes en el cual el salario mínimo mensual en el resto del país, sin considerar la frontera norte, fue de 4,321.85 pesos, y el precio promedio mensual, para zonas rurales y urbanas, de la canasta básica alimentaria y no alimentaria, por persona, fue de 3,279.33 pesos.
Supongamos una familia de cuatro miembros: padre, madre y dos hijos. Mensualmente, ¿cuánto dinero necesitan para comprar la canasta básica alimentaria y no alimentaria, que, se supone, satisface las necesidades normales de una familia en el orden material, social y cultural? 13,117.32 pesos (3,279.33 x 4).
Supongamos que trabajan el padre y la madre y que perciben el salario mínimo, por lo que el ingreso total de la familia es de 8,643.70 pesos (4,321.85 x 2), que alcanza para pagar el 65.9 por ciento ([8,643.70/13,117.32] x 100), del precio de las cuatro canastas básicas alimentarias y no alimentarias que necesita la familia. En este supuesto el salario mínimo, aun suponiendo que trabajan dos personas, no cumple con lo establecido en la Constitución, que es clara al respecto: el salario mínimo, y por ello hay entender un salario mínimo, no dos, tres, cuatro o más, debe alcanzar para que las familias satisfagan correctamente sus necesidades en los órdenes material, social y cultural, sin olvidar que, como se dispone en el mismo artículo 123, también debe alcanzar para “proveer a la educación obligatoria de los hijos”, tema que hay que analizar a la luz del artículo tercero constitucional, en el cual se determina que “corresponde al Estado la rectoría de la educación, (y que) la impartida por éste, además de obligatoria, será universal, inclusiva, pública, gratuita y laica”. Si será gratuita, ¿por qué debe el salario mínimo alcanzar para “proveer a la educación obligatoria de los hijos”?
En general el salario mínimo no alcanza, ni alcanzará el año que entra, para que una familia satisfaga correctamente sus necesidades, pudiendo haber excepciones, dependiendo del número de miembros de la familia y de cuántos trabajen. En la mayoría de los casos el salario mínimo no cumple con lo señalado en la Constitución. ¿Debería declararse inconstitucional? ¿Debería aumentarse más?
Continuará.
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